Comparativa: Constitución de Morelos vs. Constitución Actual
Aspecto | Constitución de Morelos | Constitución Actual |
---|---|---|
Fecha de promulgación | 23 de mayo de 1917 | 5 de febrero de 1917 |
Nombre oficial | Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos | Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos |
Preámbulo | Contiene una breve introducción y una lista de derechos y obligaciones de los ciudadanos | Contiene una introducción que establece los valores y principios que rigen al país |
Estructura | Consta de 7 títulos y 90 artículos | Consta de 9 títulos y 136 artículos |
Derechos humanos | Establece la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, la libertad de pensamiento, de expresión y de culto, y el derecho a la educación y la salud | Establece los derechos humanos de manera más amplia e incluye temas como la no discriminación, la protección a los migrantes y los derechos de los pueblos y comunidades indígenas |
Organización del Estado | Establece la división de poderes en ejecutivo, legislativo y judicial | Establece la división de poderes en ejecutivo, legislativo y judicial, así como la autonomía de los estados y municipios |
Economía | Establece la propiedad privada y la libre empresa como fundamentales, pero también reconoce la función social de la propiedad y la necesidad de regular el mercado | Establece la economía como mixta, reconociendo la propiedad privada y la iniciativa privada, pero también la necesidad de la intervención del Estado en la economía y la protección de los consumidores |
Este cuadro comparativo muestra las principales diferencias entre la Constitución de Morelos y la Constitución actual de México. Se puede observar que la Constitución de Morelos es más breve y se enfoca principalmente en la organización política del estado y en la protección de los derechos humanos básicos. Por otro lado, la Constitución actual es más amplia y abarca temas como la economía, los derechos de los pueblos indígenas y la protección a los consumidores. Ambas Constituciones establecen la división de poderes y la autonomía de los estados y municipios, pero difieren en la forma en que abordan estos temas.
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