Cuadro comparativo de acuerdos 696 y 200
Aspecto | Acuerdo 696 | Acuerdo 200 |
---|---|---|
Objetivo | Establecer el marco normativo para la creación, organización y funcionamiento de las policías municipales | Establecer las bases y procedimientos para la coordinación entre las instituciones de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno |
Ámbito de aplicación | Municipal | Estatal y municipal |
Responsabilidad en la seguridad pública | Corresponde a los municipios | Corresponde al estado y a los municipios |
Creación de policías únicas | No contempla | Permite la creación de policías únicas en cada entidad federativa |
Consejos de coordinación | Establece la creación de un consejo de coordinación municipal | Establece la creación de un consejo de coordinación estatal |
Capacitación y certificación | Establece la obligación de capacitar y certificar a los elementos de las policías municipales | Establece la obligación de capacitar y certificar a los elementos de las instituciones de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno |
Control de confianza | Establece la obligación de someter a control de confianza a los elementos de las policías municipales | Establece la obligación de someter a control de confianza a los elementos de las instituciones de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno |
Sanciones | Establece sanciones para los municipios que no cumplan con el acuerdo | No contempla sanciones específicas |
Este cuadro comparativo muestra las principales diferencias entre el Acuerdo 696 y el Acuerdo 200 en cuanto a su objetivo, ámbito de aplicación, responsabilidad en la seguridad pública, creación de policías únicas, consejos de coordinación, capacitación y certificación, control de confianza y sanciones. Es importante tener en cuenta estas diferencias al momento de analizar la normativa vigente en materia de seguridad pública en México.
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