Cuadro comparativo de acuerdos 696 y 200

AspectoAcuerdo 696Acuerdo 200
ObjetivoEstablecer el marco normativo para la creación, organización y funcionamiento de las policías municipalesEstablecer las bases y procedimientos para la coordinación entre las instituciones de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno
Ámbito de aplicaciónMunicipalEstatal y municipal
Responsabilidad en la seguridad públicaCorresponde a los municipiosCorresponde al estado y a los municipios
Creación de policías únicasNo contemplaPermite la creación de policías únicas en cada entidad federativa
Consejos de coordinaciónEstablece la creación de un consejo de coordinación municipalEstablece la creación de un consejo de coordinación estatal
Capacitación y certificaciónEstablece la obligación de capacitar y certificar a los elementos de las policías municipalesEstablece la obligación de capacitar y certificar a los elementos de las instituciones de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno
Control de confianzaEstablece la obligación de someter a control de confianza a los elementos de las policías municipalesEstablece la obligación de someter a control de confianza a los elementos de las instituciones de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno
SancionesEstablece sanciones para los municipios que no cumplan con el acuerdoNo contempla sanciones específicas

Este cuadro comparativo muestra las principales diferencias entre el Acuerdo 696 y el Acuerdo 200 en cuanto a su objetivo, ámbito de aplicación, responsabilidad en la seguridad pública, creación de policías únicas, consejos de coordinación, capacitación y certificación, control de confianza y sanciones. Es importante tener en cuenta estas diferencias al momento de analizar la normativa vigente en materia de seguridad pública en México.

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