Cuadro comparativo de ilegitimidad por ineficacia de matrimonio.

Tipo de ineficaciaCausasConsecuencias
Matrimonio celebrado por incapaces absolutosUno o ambos contrayentes son menores de edad o tienen alguna discapacidad mental que les impide comprender la importancia del acto.Se considera nulo desde el inicio. No produce efectos jurídicos.
Matrimonio celebrado por impedimento absolutoUno o ambos contrayentes están casados o tienen algún vínculo de parentesco que impide legalmente su matrimonio.Se considera nulo desde el inicio. No produce efectos jurídicos.
Matrimonio celebrado por simulaciónLos contrayentes no tienen la intención real de contraer matrimonio, sino que lo hacen por algún otro motivo, como obtener una residencia o un beneficio económico.Se considera nulo desde el inicio. No produce efectos jurídicos.
Matrimonio celebrado por error en la identidad del contrayenteUno de los contrayentes se equivoca en la identidad de la persona con la que está contrayendo matrimonio.Se considera anulable. Produce efectos jurídicos hasta que se declare la anulación.
Matrimonio celebrado por error en las cualidades de la personaUno de los contrayentes se equivoca en las cualidades de la persona con la que está contrayendo matrimonio, como su nacionalidad o su estado civil anterior.Se considera anulable. Produce efectos jurídicos hasta que se declare la anulación.
Matrimonio celebrado bajo violencia o intimidaciónUno de los contrayentes es forzado a contraer matrimonio o está en una situación de miedo que lo lleva a hacerlo.Se considera anulable. Produce efectos jurídicos hasta que se declare la anulación.

Este cuadro comparativo presenta las diferentes causas de ilegitimidad por ineficacia de matrimonio y sus consecuencias jurídicas. Es importante tener en cuenta que los matrimonios nulos no producen efectos jurídicos desde el inicio, mientras que los anulables sí los producen hasta que se declare la anulación. Además, las causas de anulabilidad pueden variar en cuanto a su gravedad y a la posibilidad de que sean alegadas por los contrayentes. Es importante consultar con un abogado en caso de duda o de encontrarse en una situación de este tipo.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir

Para ofrecer las mejores experiencias, utilizamos tecnologías como las cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. El consentimiento de estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o las identificaciones únicas en este sitio. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones. Leer Más