Cuadro comparativo de la Constitución de Cádiz.

AspectosConstitución de 1812Constitución de 1820
Contexto históricoGuerra de Independencia y lucha contra el absolutismo.Triunfo de la Revolución Liberal y la creación del Trienio Constitucional.
SoberaníaLa nación española es soberana.La soberanía reside en la nación española.
Poderes del EstadoDivisión de poderes (legislativo, ejecutivo y judicial).División de poderes (legislativo, ejecutivo y judicial).
Derechos y libertadesLibertad de expresión, de reunión y de imprenta, igualdad ante la ley y abolición de la Inquisición.Libertad de enseñanza, de industria y comercio, de asociación y de imprenta.
ReligiónLibertad de cultos, pero reconoce al catolicismo como religión del Estado.Libertad de cultos y separación entre la Iglesia y el Estado.
Organización territorialEspaña se divide en provincias y partidos judiciales.España se divide en provincias y municipios.
Sistema electoralEl sufragio es censitario y restringido a los hombres mayores de 25 años que pagan ciertos impuestos.El sufragio es universal, pero indirecto y restringido a los hombres mayores de 25 años que pagan ciertos impuestos.

Este cuadro comparativo muestra las diferencias y similitudes entre la Constitución de Cádiz de 1812 y la Constitución de 1820. Ambas constituciones establecieron la división de poderes y reconocieron derechos y libertades fundamentales, pero difieren en aspectos como la soberanía, la religión, la organización territorial y el sistema electoral.

La Constitución de 1812 surgió en un contexto de lucha contra el absolutismo y la invasión francesa, mientras que la Constitución de 1820 fue producto del triunfo de la Revolución Liberal y la creación del Trienio Constitucional. En cuanto a la soberanía, la Constitución de 1812 establece que la nación española es soberana, mientras que la Constitución de 1820 reconoce que la soberanía reside en la nación española.

En cuanto a los derechos y libertades, ambas constituciones reconocen la libertad de expresión, de reunión y de imprenta, así como la igualdad ante la ley. Sin embargo, la Constitución de 1812 también abolía la Inquisición, mientras que la Constitución de 1820 reconocía la libertad de enseñanza, de industria y comercio, de asociación y de imprenta.

En cuanto a la religión, la Constitución de 1812 reconocía la libertad de cultos, pero establecía que el catolicismo era la religión del Estado. Por su parte, la Constitución de 1820 reconocía la libertad de cultos y establecía la separación entre la Iglesia y el Estado.

En cuanto a la organización territorial, la Constitución de 1812 dividía España en provincias y partidos judiciales, mientras que la Constitución de 1820 establecía la división en provincias y municipios.

Finalmente, en cuanto al sistema electoral, la Constitución de 1812 establecía un sufragio censitario y restringido a los hombres mayores de 25 años que pagaban ciertos impuestos. Por su parte, la Constitución de 1820 establecía un sufragio universal, pero indirecto y restringido a los hombres mayores de 25 años que pagaban ci

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