Cuadro comparativo de la revisión en amparo.
Aspecto | Revisión en amparo | Revisión en revisión | Revisión en revisión adhesiva |
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Requisitos para presentar la solicitud | Se requiere que el agraviado haya interpuesto previamente un juicio de amparo | Se requiere que se haya agotado la revisión en amparo | Se requiere que se haya agotado la revisión en revisión y se haya interpuesto un recurso de revisión adhesiva |
Órgano jurisdiccional competente | Tribunal Colegiado de Circuito | Suprema Corte de Justicia de la Nación | Suprema Corte de Justicia de la Nación |
Plazo para presentar la solicitud | 15 días hábiles | 15 días hábiles | 10 días hábiles |
Objeto de la revisión | La sentencia dictada en el juicio de amparo | La sentencia dictada en la revisión en amparo | La sentencia dictada en la revisión en revisión |
Requisitos para conceder la revisión | Que exista una contradicción entre las consideraciones de la sentencia y la jurisprudencia o tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación | Que exista una contradicción entre las consideraciones de la sentencia y la jurisprudencia o tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación | Que exista una contradicción entre las consideraciones de la sentencia y la jurisprudencia o tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación |
Este cuadro comparativo muestra las principales diferencias entre la revisión en amparo, la revisión en revisión y la revisión en revisión adhesiva. Se puede observar que cada una de estas figuras procesales tiene requisitos, plazos, órganos jurisdiccionales competentes y objetos de revisión diferentes.
En cuanto a los requisitos para presentar la solicitud, se requiere que el agraviado haya interpuesto previamente un juicio de amparo en la revisión en amparo, mientras que en la revisión en revisión y la revisión en revisión adhesiva se requiere que se haya agotado la revisión anterior y se haya interpuesto un recurso de revisión adhesiva en el último caso.
El órgano jurisdiccional competente varía en cada figura procesal, siendo el Tribunal Colegiado de Circuito el competente en la revisión en amparo y la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la revisión en revisión y la revisión en revisión adhesiva.
El plazo para presentar la solicitud también es diferente en cada caso, siendo de 15 días hábiles en la revisión en amparo y la revisión en revisión, y de 10 días hábiles en la revisión en revisión adhesiva.
Finalmente, los requisitos para conceder la revisión son similares en las tres figuras procesales, siendo necesario que exista una contradicción entre las consideraciones de la sentencia y la jurisprudencia o tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
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