Cuadro comparativo de Patria Potestad y Tutela.
Patria Potestad | Tutela | |
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Definición | Conjunto de derechos y obligaciones que corresponden a los padres sobre sus hijos menores de edad. | Figura jurídica que se establece para proteger y cuidar a una persona que no está bajo la patria potestad de sus padres. |
Quién ejerce | Los padres de forma conjunta o el que tenga la custodia en caso de separación o divorcio. | El tutor designado por el juez o los padres en su defecto. |
Ámbito de aplicación | Menores de edad y personas con discapacidad que no han sido emancipadas. | Personas que no tienen capacidad para regir su persona y bienes, como los menores de edad no emancipados y personas con discapacidad. |
Duración | Hasta que el menor alcance la mayoría de edad o sea emancipado. | Depende de cada caso y puede ser hasta que la persona tutelada alcance la mayoría de edad o recupere su capacidad. |
Derechos y deberes | Derechos y deberes relacionados con la crianza y educación del menor, su representación legal y administración de sus bienes. | Derechos y deberes relacionados con la protección y cuidado del tutelado, su representación legal y administración de sus bienes. |
Revocación | Puede ser revocada por el juez en caso de incumplimiento de los deberes o por solicitud de los padres en algunos casos. | Puede ser revocada por el juez en caso de incumplimiento de los deberes o por solicitud del tutelado en algunos casos. |
Este cuadro comparativo muestra las principales diferencias entre la patria potestad y la tutela. Mientras que la patria potestad es un conjunto de derechos y deberes que tienen los padres sobre sus hijos menores de edad, la tutela es una figura jurídica que se establece para proteger y cuidar a una persona que no está bajo la patria potestad de sus padres.
En cuanto a quién ejerce cada una, en la patria potestad son los padres los que tienen la responsabilidad, mientras que en la tutela es el tutor designado por el juez o los padres en su defecto. Además, el ámbito de aplicación también es diferente, ya que la patria potestad se aplica a menores de edad y personas con discapacidad no emancipadas, mientras que la tutela se aplica a personas que no tienen capacidad para regir su persona y bienes.
En cuanto a la duración, la patria potestad termina cuando el menor alcanza la mayoría de edad o es emancipado, mientras que en la tutela depende de cada caso y puede ser hasta que la persona tutelada alcance la mayoría de edad o recupere su capacidad.
Por último, tanto en la patria potestad como en la tutela existen derechos y deberes relacionados con la representación legal del menor o tutelado, así como la administración de sus bienes. Además, ambas pueden ser revocadas por el juez en caso de incumplimiento de los deberes o por solicitud de los padres o tutelado en algunos casos.
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