Cuadro comparativo de copyright: Estados Unidos, Europa y América Latina.
Estados Unidos | Europa | América Latina | |
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Protección del derecho de autor | Desde la creación de la obra hasta 70 años después de la muerte del autor o 95 años después de la publicación de la obra. | Desde la creación de la obra hasta 70 años después de la muerte del autor. | Desde la creación de la obra hasta 70 años después de la muerte del autor o 70 años después de la publicación de la obra. |
Registro | No es necesario registrar la obra para obtener protección de copyright, pero sí es recomendable para poder presentar una demanda. | El registro no es obligatorio, pero puede ser útil en caso de una disputa legal. | No es necesario registrar la obra para obtener protección de derecho de autor. |
Derechos exclusivos | El titular del derecho de autor tiene el derecho exclusivo de reproducir, distribuir, mostrar públicamente y crear obras derivadas de la obra protegida. | El titular del derecho de autor tiene el derecho exclusivo de reproducir, distribuir, mostrar públicamente y crear obras derivadas de la obra protegida. | El titular del derecho de autor tiene el derecho exclusivo de reproducir, distribuir, mostrar públicamente y crear obras derivadas de la obra protegida. |
Uso justo | La ley de uso justo permite el uso limitado de obras protegidas sin el permiso del titular del derecho de autor en ciertas circunstancias, como la crítica, la parodia o la educación. | La ley de uso justo permite el uso limitado de obras protegidas sin el permiso del titular del derecho de autor en ciertas circunstancias, como la crítica, la parodia o la educación. | La ley de uso justo permite el uso limitado de obras protegidas sin el permiso del titular del derecho de autor en ciertas circunstancias, como la crítica, la parodia o la educación. |
Este cuadro comparativo muestra las principales diferencias en cuanto a la protección del derecho de autor en Estados Unidos, Europa y América Latina. Se puede observar que, en general, los períodos de protección son similares, pero hay algunas diferencias en cuanto a la necesidad de registro y los derechos exclusivos que se otorgan al titular del derecho de autor. Además, se puede ver que las tres regiones tienen leyes de uso justo que permiten el uso limitado de obras protegidas sin el permiso del titular del derecho de autor en ciertas circunstancias específicas.
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