Cuadro comparativo: Caducidad vs. Prescripción.
Caducidad | Prescripción | |
---|---|---|
Definición | Extinción del derecho por el transcurso del tiempo | Pérdida del derecho por el no ejercicio del mismo en un tiempo determinado |
Plazo | Establecido por la ley o por las partes | Establecido por la ley |
Inicio del plazo | A partir del momento en que se tiene derecho a ejercer la acción | A partir del momento en que se causa el derecho |
Efectos | Extinción del derecho y de la acción correspondiente | No extingue el derecho, pero impide su ejercicio a través de la acción correspondiente |
Renuncia | Es posible | No es posible |
Interrupción | Por cualquier acto del titular del derecho o del deudor | Por la interposición de la demanda o por cualquier acto del titular del derecho |
Conclusión | La caducidad extingue el derecho y la acción correspondiente, mientras que la prescripción no extingue el derecho, pero impide su ejercicio a través de la acción correspondiente. | La prescripción no extingue el derecho, pero impide su ejercicio a través de la acción correspondiente. |
Este cuadro comparativo presenta las diferencias entre la caducidad y la prescripción. La caducidad es la extinción del derecho por el transcurso del tiempo, mientras que la prescripción es la pérdida del derecho por no ejercerlo en un tiempo determinado. La caducidad extingue el derecho y la acción correspondiente, mientras que la prescripción no extingue el derecho, pero impide su ejercicio a través de la acción correspondiente. Además, la caducidad puede ser renunciada, mientras que la prescripción no. La interrupción de la caducidad puede ser realizada por cualquier acto del titular del derecho o del deudor, mientras que la interrupción de la prescripción solo puede ser realizada por la interposición de la demanda o por cualquier acto del titular del derecho.
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