Cuadro comparativo de extinción de sociedades.

Tipo de sociedadCausas de extinciónProcedimiento de extinciónConsecuencias de la extinción
Sociedad Anónima (SA)1. Acuerdo de la Junta de Accionistas. 2. Cumplimiento del plazo de duración. 3. Disolución judicial. 4. Pérdidas que reduzcan el patrimonio neto a menos de la mitad del capital social.1. Nombramiento de liquidador. 2. Inscripción de la extinción en el Registro Mercantil.1. Extinción de la personalidad jurídica. 2. Liquidación de la sociedad. 3. Responsabilidad ilimitada de los socios por las deudas pendientes.
Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL)1. Acuerdo de los socios. 2. Cumplimiento del plazo de duración. 3. Disolución judicial. 4. Pérdidas que reduzcan el patrimonio neto a menos de la mitad del capital social.1. Nombramiento de liquidador. 2. Inscripción de la extinción en el Registro Mercantil.1. Extinción de la personalidad jurídica. 2. Liquidación de la sociedad. 3. Responsabilidad limitada de los socios por las deudas pendientes.
Sociedad Civil (SC)1. Acuerdo de los socios. 2. Cumplimiento del plazo de duración. 3. Disolución judicial.1. Nombramiento de liquidador. 2. Inscripción de la extinción en el Registro Mercantil.1. Extinción de la personalidad jurídica. 2. Liquidación de la sociedad. 3. Responsabilidad ilimitada de los socios por las deudas pendientes.
Sociedad Cooperativa (SCoop)1. Acuerdo de la asamblea de socios. 2. Cumplimiento del plazo de duración. 3. Disolución judicial. 4. Pérdidas que reduzcan el patrimonio neto a menos de la mitad del capital social.1. Nombramiento de liquidador. 2. Inscripción de la extinción en el Registro de Cooperativas.1. Extinción de la personalidad jurídica. 2. Liquidación de la sociedad. 3. Responsabilidad limitada de los socios por las deudas pendientes.

Este cuadro comparativo resume los tipos de sociedades más comunes y las causas, procedimientos y consecuencias de su extinción. La extinción de una sociedad puede ser voluntaria o forzada y, en ambos casos, es importante seguir los procedimientos legales para evitar problemas futuros. Además, la responsabilidad de los socios por las deudas pendientes puede variar según el tipo de sociedad y su extinción.

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