Cuadro comparativo de la persona en derecho civil y romano.

Derecho CivilDerecho Romano
Concepto de personaIndividuo capaz de tener derechos y obligacionesIndividuo libre y autónomo con capacidad para celebrar contratos
Capacidad jurídicaLa persona es capaz de tener derechos y obligaciones desde su nacimiento hasta su muerteLa capacidad jurídica se adquiere al cumplir los 14 años y al ser reconocido por el pater familias
Tipos de personasPersonas físicas y personas jurídicasPersonas sui iuris y personas alieni iuris
NombreLa persona tiene derecho a un nombre propio y puede cambiarlo legalmenteLa persona es identificada por su nomen gentilicium y su praenomen
HerenciaLa persona puede heredar y ser heredada por cualquier personaLa herencia se limita a los parientes cercanos y el testamento es menos común
MatrimonioEl matrimonio es un contrato entre dos personas y puede ser disuelto por diversas causasEl matrimonio es una unión entre un hombre y una mujer que genera una nueva familia

Este cuadro comparativo muestra las diferencias entre la concepción de la persona en el derecho civil y el derecho romano. Mientras que en el derecho civil se reconoce a la persona como individuo capaz de tener derechos y obligaciones desde su nacimiento, en el derecho romano se le consideraba libre y autónomo para celebrar contratos y adquirir capacidad jurídica al ser reconocido por el pater familias.

Además, el derecho civil reconoce dos tipos de personas: físicas y jurídicas, mientras que el derecho romano las divide en sui iuris y alieni iuris. También se destaca la diferencia en cuanto al nombre, donde en el derecho civil la persona tiene derecho a un nombre propio y puede cambiarlo legalmente, mientras que en el derecho romano se identificaba a la persona por su nomen gentilicium y su praenomen.

La herencia y el matrimonio también presentan diferencias significativas entre ambos sistemas jurídicos. En el derecho civil, la persona puede heredar y ser heredada por cualquier persona, mientras que en el derecho romano la herencia se limitaba a los parientes cercanos y el testamento era menos común. En cuanto al matrimonio, en el derecho civil se considera un contrato entre dos personas que puede ser disuelto por diversas causas, mientras que en el derecho romano se trata de una unión entre un hombre y una mujer que genera una nueva familia.

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