Cuadro comparativo de personas físicas y jurídicas.
Persona Física | Persona Jurídica | |
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Definición | Persona natural que tiene capacidad para ejercer derechos y contraer obligaciones. | Persona creada por una o más personas físicas o jurídicas, con el objetivo de llevar a cabo una actividad económica o social. |
Formalización | No requiere formalización, pero puede registrarse en el Registro Nacional de las Personas. | Requiere de un proceso de constitución y registro en el Registro Público de Comercio. |
Responsabilidad | Responde con todo su patrimonio personal por las obligaciones contraídas. | La responsabilidad se limita al patrimonio de la persona jurídica. |
Impuestos | Grava su renta y patrimonio personal con impuestos como el Impuesto sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA). | Grava la renta y el patrimonio de la empresa con impuestos como el ISR y el IVA, además de otros impuestos como el Impuesto sobre Nóminas. |
Capital | No existe un capital mínimo requerido. | Requiere de un capital mínimo y este se divide en acciones. |
Administración | La persona física es quien toma las decisiones y administra su patrimonio. | La administración se divide entre los accionistas y el Consejo de Administración. |
Continuidad | La continuidad está sujeta a la vida de la persona física. | La continuidad se mantiene a pesar del fallecimiento de los accionistas o de los cambios en la propiedad de las acciones. |
Este cuadro comparativo muestra las principales diferencias entre las personas físicas y las jurídicas. Mientras que las personas físicas son individuos que pueden ejercer derechos y contraer obligaciones, las personas jurídicas son entidades creadas por una o más personas físicas o jurídicas con el fin de llevar a cabo una actividad económica o social.
Entre las principales diferencias entre ambas se encuentra la formalización, ya que la persona física no requiere de un proceso de constitución y registro, mientras que la persona jurídica sí. También se encuentra la responsabilidad, ya que la persona física responde con todo su patrimonio personal, mientras que en la persona jurídica la responsabilidad se limita al patrimonio de la entidad.
Además, en cuanto a impuestos, mientras que la persona física grava su renta y patrimonio personal con impuestos como el ISR y el IVA, la persona jurídica grava la renta y el patrimonio de la empresa con impuestos como el ISR y el IVA, además de otros impuestos como el Impuesto sobre Nóminas.
En cuanto a la administración, mientras que en la persona física es quien toma las decisiones y administra su patrimonio, en la persona jurídica la administración se divide entre los accionistas y el Consejo de Administración.
Finalmente, en cuanto a la continuidad, se encuentra que en la persona física la continuidad está sujeta a la vida de la persona, mientras que en la persona jurídica la continuidad se mantiene a pesar del fallecimiento de los accionistas o de los cambios en la propiedad de las acciones.
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