Cuadro comparativo del dictamen de enajenación de acciones.
Aspectos a considerar | Dictamen por enajenación de acciones | No dictamen por enajenación de acciones |
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Tasa impositiva | Se aplica una tasa del 25% sobre la ganancia obtenida. | No se aplica una tasa impositiva específica para la enajenación de acciones. |
Deducciones fiscales | Se pueden deducir los costos y gastos relacionados con la enajenación de acciones. | No se pueden deducir los costos y gastos relacionados con la enajenación de acciones. |
Plazo para presentar el dictamen | El dictamen debe ser presentado antes del 31 de marzo del año siguiente a la enajenación de las acciones. | No se requiere presentar un dictamen específico. |
Responsabilidad del contador público | El contador público es responsable de la información presentada en el dictamen. | No hay responsabilidad específica del contador público en este caso. |
El cuadro comparativo muestra las principales diferencias entre la presentación del dictamen por enajenación de acciones y la no presentación del mismo. La tasa impositiva aplicable, las deducciones fiscales, el plazo para presentar el dictamen, y la responsabilidad del contador público son algunos de los aspectos a considerar al momento de decidir si presentar o no el dictamen. Este cuadro comparativo puede ser útil para tomar una decisión informada y conocer las implicaciones fiscales de la enajenación de acciones.
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