Cuadro comparativo entre denuncia y querella.
Denuncia | Querella | |
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Definición | Manifestación de un hecho ante la autoridad competente, sin que se tenga la calidad de víctima de un delito. | Acción por la cual se pone en conocimiento de la autoridad la posible comisión de un delito, cuando se es víctima o se tiene interés legítimo en el asunto. |
Quién puede presentarla | Cualquier persona, aunque no tenga relación directa con el hecho denunciado. | Sólo la víctima u ofendido por el delito, o quien tenga interés legítimo en el asunto. |
Ámbito de aplicación | Se aplica a cualquier tipo de delito. | Se aplica a delitos que requieren de querella previa, como los delitos de injuria, calumnia, difamación, entre otros. |
Investigación | La autoridad inicia la investigación de oficio, sin necesidad de la ratificación de la denuncia por parte del denunciante. | La autoridad sólo investiga si se ratifica la querella por parte del querellante. |
Intervención del Ministerio Público | El Ministerio Público interviene en la investigación y en el proceso penal. | El Ministerio Público sólo interviene en la investigación, no en el proceso penal. |
Plazo para presentarla | No hay plazo para presentar la denuncia. | Depende del delito y de la legislación de cada país. |
Este cuadro comparativo muestra las principales diferencias entre una denuncia y una querella. Es importante conocer estas diferencias para saber cuándo es necesario presentar una u otra, y cuáles son las implicaciones de cada una. Mientras que la denuncia puede ser presentada por cualquier persona, aunque no tenga relación directa con el hecho denunciado, la querella sólo puede ser presentada por la víctima u ofendido por el delito, o por quien tenga interés legítimo en el asunto. Además, la querella se aplica sólo a delitos que requieren de querella previa, como los delitos de injuria, calumnia, difamación, entre otros. Otra diferencia importante es que la autoridad inicia la investigación de oficio en el caso de la denuncia, mientras que en el caso de la querella, la autoridad sólo investiga si se ratifica la querella por parte del querellante. Por último, es importante destacar que la intervención del Ministerio Público varía en cada caso, ya que en la denuncia interviene tanto en la investigación como en el proceso penal, mientras que en la querella sólo interviene en la investigación.
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